Los 47 jueces, de los 47 países del Consejo de Europa, que integran el pleno del Tribunal de Estrasburgo, el tribunal de derechos humanos más importante del mundo ha dictado una sentencia sorprendente el pasado jueves 09 de junio.
Por unanimidad, todos los 47 jueces, han aprobado la sentencia que establece que no existe el derecho al matrimonio homosexual.
Sustentan su decisión en el artículo No. 12 del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Dicho artículo equivale a los artículos de los tratados sobre derechos humanos firmados por México: No. 17 del Pacto de San José y al No. 23 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
Ahí se establece que “…el hombre y la mujer tienen derecho a casarse y a fundar una familia…”.
Si los legisladores hubiera querido decir que el matrimonio es también para hombres homosexuales o mujeres lesbianas habría escrito: las personas tienen derecho a casarse y a fundar una familia.
Pero no es así. Específicamente quisieron preservar la institución natural del matrimonio.
También han dicho que el Convenio Europeo de Derechos Humanos consagra “el concepto tradicional del matrimonio, a saber, la unión de un hombre y de una mujer” y que no impone a los gobiernos la “obligación de abrir el matrimonio a las personas de mismo sexo”.
En cuanto al principio de no discriminación, el Tribunal de Estrasburgo también afirma que no hay tal discriminación y dice que “…los Estados son libres de reservar el matrimonio únicamente a parejas heterosexuales…”
La opinión unánime de 47 jueces de 47 diferentes países del Consejo de Europa dejan claro que hay un grave error por parte del Presidente Enrique Peña Nieto y de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en su interpretación de lo que es el matrimonio y en el significado de lo que es discriminar.
Con su interpretación, el Presidente y la SCJN violentan la realidad y corrompen el lenguaje.
Fuente: ConFAmilia