Comparta

De la despenalización al derecho, y de éste, a la persecución.

Print Friendly, PDF & Email

La Corte Constitucional de Colombia, despenalizó la práctica del aborto en 2006, en los casos de estupro , riesgos para la salud de la mujer y niños con anencefalia. Para las gestantes menores de edad, restó sólo como obstáculo la necesidad de «un permiso judicial».

[columnlayout][columncontent width=»50″]Tal despenalización pronto fue entendida como un derecho. Y la Corte comenzó exigir desde 2009 que los ministerios de Educación y Protección Social promoviesen programas educacionales para exponer los así llamados «derechos sexuales y reproductivos«.

La sentencia solicitó que se asegurase que todas las entidades de salud «respeten el derecho de las mujeres a abortar«. En seguida fue abolida la necesidad del «permiso judicial» para la práctica del aborto en menores, debido a que varios jueces, alegando el derecho a la objeción de conciencia, se negaron a otorgarlo.

La Corte también cercenó el derecho de objeción de conciencia en los centros médicos, al mandar al Tribunal Nacional de Ética Médica que abrieran investigaciones en los casos en que la realización del aborto sea negada.

Tales medidas fueron tomadas por presión de la ONU que, en 2007, pidió a la representación colombiana que liberalizaran aún más el aborto y desarrollaran campañas favorables a tal práctica; finalmente, una mayor aplicación del protocolo de la «Convención para la Eliminación de toda forma de Discriminación contra la Mujer (CEDAW). (cfr. Radio Vaticano, 3/02/2007).

Despenalización y derecho.

Transformar el aborto en un derecho es la meta del movimiento pro-aborto. En primer lugar los abortistas acostumbran a sensibilizar a las personas, afirmando que son contra el aborto, pero que la prohibición legal empuja a las mujeres hacia la ilegalidad y a los abortos clandestinos. «Nadie es favorable al aborto», afirman.

Pero, a partir del momento en que se despenaliza el aborto, el discurso cambia transformándose en un derecho de la mujer. Aquello que era defendido como un mal menor, se transforma en un derecho que debe ser reconocido por todas las constituciones, y aún más, por todas las conciencias.

Considerando el aborto como uno de los «derechos sexuales y reproductivos» de la mujer, se comprende la campaña empeñada que realizan los movimientos pro aborto contra la objeción de conciencia.

Así ocurrió que, el doctor Germán Arango Rojas perdió en 2008 el derecho ejercer la medicina por negarse a realizar un aborto a una menor edad, a pedido de los padres. [/columncontent][columncontent width=»50″]La pena fue impuesta por el Tribunal de Ética Médica Nacional colombiano, que obligó al médico a indemnizar a la menor, sin permitirle ningún tipo de defensa.

Derechos de los homosexuales.

Un proceso análogo es seguido por las organizaciones homosexuales. Primero pleitean la despenalización de la práctica de la homosexualidad. Después los derechos patrimoniales para las uniones homosexuales. En seguida, es el «matrimonio» homosexual y, finalmente, la adopción de niños.

Después de la entrevista con el ministro Larroulet, el presidente del Movilh, Rolando Jiménez, sostuvo:»…explicamos al Ministro que no estaremos de acuerdo con ninguna ley que desconozca la unión de hecho, sean homosexuales y heterosexuales, porque estamos hablando de familias y, por tanto, no se trata sólo de resolver aspectos económicos. Si la fórmula del gobierno desconoce este aspecto, lucharemos porque a través de indicaciones o fusión con otros proyectos que están en el Congreso la unión sea reconocida y validada”. (Radio Biobío, 07 de agosto de 2010).

Pero el proceso no termina ahí. Viene después, la aprobación de leyes de no discriminación, con las cuales persiguirán a quienes presenten cualquier objeción a esas uniones contra naturaleza. «En relación al proyecto de Ley que Establece Medidas contra la Discriminación, el Movilh insistió en la necesidad de que se apresure su tramitación, por lo que pidió al ministro involucrarse más en el tema a objeto de contribuir a ello».(ibid).

Libertad revolucionaria.

Esta inversión de valores, constituye la característica del liberalismo moral. Así lo expone el profesor Plinio Corrêa de Oliveira, en su libro Revolución y Contra-Revolución (Parte I, capítulo VII. Puede bajar el libro gratuitamente en este vínculo):

«Al liberalismo poco le importa la libertad para el bien. Sólo le interesa la libertad para el mal. Cuando está en el poder, fácilmente, y hasta alegremente, le cohíbe al bien la libertad, en toda la medida de lo posible. Pero protege, favorece, prestigia, de muchas maneras, la libertad para el mal. En lo cual se muestra opuesto a la civilización católica, que da al bien todo el apoyo y toda la libertad, y cercena en lo posible al mal.

«Ahora bien, esa libertad para el mal es precisamente la libertad para el hombre en cuanto interiormente “revolucionario”, es decir, en cuanto consiente en la tiranía de las pasiones sobre su inteligencia y su voluntad».[/columncontent][/columnlayout]

Comparta con sus amigos
20/08/2010 | Por | Categoría: Aborto
Tags: , , , , , , , ,

Deje su comentario