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Análisis del Proyecto de ley sobre los derechos del niño y del adolescente

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III.- Reconocer la “autonomía progresiva”

El Proyecto en su artículo 3° expresa que “se reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos con autonomía progresiva para ejercer sus derechos y asumir sus responsabilidades”. Hasta el presente, la ley entendía que los menores de edad deberían someterse a sus padres en razón de sus carencias de discernimiento y juicio. Sin embargo, para el actual Proyecto ellos son sujetos con “autonomía progresiva”. El vocablo “autónomo” según lo define la Real Academia, quiere decir “que no depende de nadie en ciertos aspectos”. Ahora en la medida en que los menores de edad son “autónomos”, dejan ipso facto y en la misma medida de depender de sus padres, dejando en la realidad de ser menores de edad en tales aspectos, muchos de los cuáles son relevantes para su adecuada formación (por ejemplo, la presentación personal, el vestuario que usan, las amistades o lugares que frecuentan, los productos que consumen, etc.). Según el Proyecto, habiendo conflicto entre los valores de los padres y de los niños o adolescentes, debería privilegiarse la autonomía de los hijos sobre la autoridad de los padres, lo que es contrario al orden natural y al propio interés de los primeros.

Al respecto conviene recordar las sabias enseñanzas del Magisterio Pontificio, que alerta contra “todos estos sistemas pedagógicos modernos que, con diversos nombres, sitúan el fundamento de la educación en una pretendida autonomía y libertad ilimitada del niño o en la supresión de la autoridad del educador». Para la Iglesia Católica, esos sistemas pedagógicos, «en lugar de liberar, como ellos dicen, al niño, lo hacen en definitiva esclavo de su loco orgullo y de sus desordenadas pasiones, las cuales, por lógica consecuencia de los falsos sistemas pedagógicos, quedan justificadas como legítimas exigencias de una naturaleza que se proclama autónoma”[9].

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05/07/2005 | Por | Categoría: Revolución Cultural
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